Sistema interno de información
¿Qué es y cómo utilizarlo?
Es un sistema confidencial que permite al personal, proveedores y terceras personas informar de manera anónima o identificada sobre actividades ilícitas, incumplimientos normativos externos o internos, así como conductas contrarias a los principios de nuestra organización. Puedes utilizarlo:
- A través de carta en La Reigosa 24 – 36828 – Pontecaldelas –
- Pontevedra
- Directamente a las personas responsables.
- En nuestra web: https://ceyeda.com/compliance
Si alguien me informa… ¿Qué hago?
- Si una persona te informa de algo que podría llegar a ser objeto del canal, actúa de la siguiente manera:
- Respeta la confidencialidad de la información
Infórmale de que puede comunicarlo por los canales habilitados - para que la información llegue a las personas responsables.
¿Qué objetivo tiene?
- Detectar y prevenir irregularidades (fraude, corrupción, acoso, etc.)
- Promover la transparencia y la ética en la organización.
- Informar sobre incumplimientos del Sistema de Compliance
¿Puedo utilizarlo con cualquier fin?
NO. El mal uso del canal puede implicar la imposición de las sanciones disciplinarias previstas en el Convenio Colectivo y otras que pudieran ser de aplicación. No puede ser utilizado para:
- Informaciones falsas o tergiversadas
- Meras sospechas sin fundamento o con mala fe
- Quejas o sugerencias.
- Conflictos Interpersonales
¿Quién puede utilizarlo?
El Sistema puede ser utilizado por:
- Personas empleadas Proveedores, subcontratistas, autónomos y personas que trabajen bajo su supervisión
- Clientes, personas relacionadas con la empresa.
- Becarios, voluntarios.
¿Sobre qué puedo informar?
- Incumplimientos de la legislación vigente por parte de cualquier persona empleada
- Infracciones administrativas o penales graves o muy graves.
- Acoso Laboral o Sexual
- Incumplimientos del Código de Conducta o política de Compliance.
¿Que normativa lo regula?
El sistema interno de información implantado en la Organización está regulado por:
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, eguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
- Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
¿Se garantiza mi anonimato?
Por supuesto, siempre que así se quiera.
Para informar de manera anónima se puede hacer la comunicación a través de vía postal.
Es importante recordar que si decide informar de manera anónima, debe de indicar una dirección o apartado postal al que remitirle las comunicaciones que y solicitar más información en caso de que fuese necesario.
